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El PJF fue quien ordenó la libertad de Gustavo Díaz Sánchez, "El Gato"
Determinó que las condenas carecían de sustento legal suficiente, ya que se basaban únicamente en el testimonio de un testigo no plenamente identificado que posteriormente fue asesinado.
Jaime GUERRERO | Cuarta Plana
Miercoles, 28 de enero de 2026 22:09 hrs.

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El reportaje

 

La opinión

Oaxaca, Oax.- El Poder Judicial Federal fue la instancia que ordenó la excarcelación de Gustavo Díaz Sánchez, al concederle un amparo directo por insuficiencia probatoria.

Gustavo Díaz Sánchez, alias “El Gato”, exdiputado local del PRI, recuperó su libertad luego de que el Poder Judicial Federal concediera un amparo directo que anuló las resoluciones judiciales que sustentaban su reclusión por diversos procesos penales relacionados con homicidios calificados.

El político ligado ahora al partido del trabajo (PT), fue liberado la noche de ayer martes. Acompañado de sus familiares y abogados salió del penal de San Francisco Tanivet.

Durante su proceso judicial, Díaz Sánchez enfrentó múltiples causas penales que derivaron en sentencias condenatorias severas.

La más grave le impuso 70 años de prisión, mientras que otra lo sentenció a 30 años con pago de reparación del daño. Ambas resoluciones fueron confirmadas en segunda instancia.

Sin embargo, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y de Trabajo determinó que estas condenas carecían de sustento legal suficiente, ya que se basaban únicamente en el testimonio de un testigo no plenamente identificado que posteriormente fue asesinado.

La declaración de este testigo solo se incorporó mediante lectura al expediente, lo cual, según la jurisprudencia aplicable, resulta insuficiente para sostener una imputación penal.

Uno de los procesos más recientes contra Díaz Sánchez (causa 778/2024) lo vinculaba al homicidio de Gloria Rivera Guevara, ocurrido el 10 de octubre de 2021 en la Miscelánea “Sandy”, ubicada en la carretera Acatlán-Cosolapa, en San José Cosolapa, Oaxaca.

 
Según la acusación, aproximadamente a las 8:30 de la noche, Díaz Sánchez llegó al lugar conduciendo una camioneta Ford Escape roja, acompañado de Alfredo Díaz Sánchez y una tercera persona.

De acuerdo con el expediente, el exdiputado habría entregado un arma a esta tercera persona, quien ingresó al negocio y disparó a la víctima, causándole destrucción encefálica. Hechos que no habrían sido comprobados.

El juez Lorenzo Ramírez Cruz del Tribunal de Enjuiciamiento Unitario de Tanivet dictó auto de vinculación a proceso el 5 de marzo de 2024 y sentencia condenatoria el 7 de enero de 2025, que fue confirmada en segunda instancia. Sin embargo, esta resolución quedó sin efectos tras el amparo federal.

En otra causa penal (1121/2021) por el homicidio de Irineo Reyes Vera, Díaz Sánchez fue absuelto en segunda instancia el 7 de febrero de 2024, en cumplimiento de la ejecutoria de amparo 1250/2021.

En la causa 1305/2022, donde fue sentenciado inicialmente a 70 años de prisión el 2 de enero de 2023, el Segundo Tribunal Colegiado otorgó el amparo el 27 de febrero de 2024, ordenando su inmediata libertad.

Libertad por insuficiencia probatoria

La excarcelación de Gustavo Díaz Sánchez se decretó por insuficiencia probatoria, al determinar el Poder Judicial Federal que las pruebas presentadas en su contra no cumplían con los estándares mínimos de validez procesal establecidos por la jurisprudencia mexicana.

El amparo directo representa la última instancia dentro del sistema de medios de defensa ordinarios en México, por lo que la decisión judicial constituye una resolución definitiva en este proceso.

  
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