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Viernes, 30 de enero de 2015 15:52 hrs.
El Gobierno del Estado omiso en recomendaciones de la DDHPO
Las 15 recomendaciones enviadas fueron aceptadas, pero no han sido cumplidas, señalan.
Jesús Sánchez Cruz | Cuarta Plana
Viernes, 30 de enero de 2015 15:27 hrs.

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El reportaje

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La opinión

Oaxaca, Oax.- Fueron aceptadas pero no han sido cumplidas las recomendaciones emitidas por la Defensoría de los Derechos Humanos de los Pueblos de Oaxaca (DDHPO), dirigidas a diferentes autoridades correspondientes tanto del Poder Ejecutivo como a algunos Ayuntamientos.

Juan Rodríguez Ramos visitador de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) en entrevista mencionó que en la defensoría se recibe aproximadamente mil 200 expedientes de quejas al año, las cuales se priorizan para expedir recomendaciones a quienes hayan violado las garantías individuales.

Rodríguez Ramos señaló que las recomendaciones son aquellas resoluciones que tienen graves violaciones a los derechos humanos, por tanto, en el 2014 se emitieron 15 recomendaciones a diversas autoridades, de las cuales, 14 fueron aceptadas, una no, pero aún así, no sirve de nada debido a que no han sido efectuadas, la mayoría aún están en pruebas parciales de cumplimiento.

El Consejero Ciudadano de la DDHPO, Pedro Matías Arrazola, señaló que efectivamente, de las 15 recomendaciones emitidas, la mayoría aún está en pruebas parciales de cumplimiento.

Lo más preocupante, precisó, es que tampoco existe presión por parte de la Defensoría, ni del Poder Judicial de la Federación, mucho menos de la institución creada para sancionar a los malos funcionarios.

A continuación la relación de las recomendaciones que dio a conocer la DDHPO mediante un comunicado de prensa;

Recomendación Número 1/2014 del 28 de Enero del 2014 al Ayuntamiento de San Juan Ozolotepec, Miahuatlán, y Secretaría General de Gobierno del Estado. Caso Ozolotepec: Integrantes de la Congregación Evangélica de la Iglesia Cristiana Independiente Pentecostés sufrieron agravios por parte de la autoridad municipal de San Juan Ozolotepec, Miahuatlán, ya que el presidente municipal clausuró la construcción de su templo. Con relación a la Secretaría General de Gobierno, a pesar de haber acudido los agraviados a esa institución a plantear diversas cuestiones relacionadas con la intolerancia religiosa de que han sido objeto, dicha Secretaría ha sido omisa en la atención al problema, por lo que éste persiste. La recomendación fue aceptada pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 2/2014 digida el 13 de marzo de 2014 a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado. La agraviada manifestó que a partir del 1 de mayo de 2007 desempeñó funciones como conductora y productora del programa de radio y televisión de esa Secretaría, hasta el 4 de septiembre de 2012, en que fue suspendida de sus labores y privada de su libertad por elementos de la Policía Estatal, quienes la lesionaron. La recomendación fue aceptada por la autoridad responsable, que ha proporcionado pruebas parciales de cumplimiento.

Recomendación 3/2014 dirigida el 22 de abril de 2014 a la Procuraduría General de Justicia del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, la Secretaría de Asuntos Indígenas, la Secretaría de Salud, el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca y el ayuntamiento de Santiago Amoltepec, Sola de Vega. La comunidad de Santiago Amoltepec ha estado continuamente inmersa en conflictos teritoriales con comunidades vecinas como Santiago Textitlán, Santa María Zaniza, Santa Cruz Zenzontepec y San Mateo Yucutindoo, La recomendación fue aceptada por las autoridades, pero se encuentra en pruebas parciales de cumplimiento.

Recomendación 4/2014 dirigida el 28 de abril de 2014 al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca. El acta de sesión de cabildo realizada en San Miguel Chicahua, Nochixtlán, el 5 de julio de 2013, indica que las autoridades de Chicahua dan a conocer la demanda interpuesta por dos madres de familia, en contra de un maestro del albergue, en virtud de que tocó las piernas y los pechos de sus hijas, ambas menores de edad. La recomendación fue aceptada pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 5/2014 dirigida el 29 de abril de 2014 a la Procuraduría General de Justicia del Estado y a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado. María Eugenia Guzmán Blanco perdió la vida a manos de su ex pareja cuando éste ingresó a la fuerza a su antiguo domicilio, donde recibió con disparos a agentes estatales de investigaciones destacados en ese lugar. Al repeler la agresión, los uniformados privaron de la vida a Marcelo Ramírez Hernández. La recomendación fue aceptada por las autoridades, pero no han proporcionado pruebas parciales de cumplimiento.

Recomendación 6/2014 dirigida el 30 de abril de 2014 al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, así como al municipio de Tlaxiaco por violaciones a los derechos humanos de más de 90 niñas y niños de la Escuela Primaria Bilingüe “Andrés Henestrosa” y del Centro de Educación Preescolar Bilingüe “Leona Vicario”, ubicados en la localidad de Loma Zata, Barrio de San Diego, en Tlaxiaco. La Defensoría certificó el 2 de mayo de 2013 que los salones de ambas escuelas están construidos de tablas con techo de lámina, las paredes se encuentran cubiertas con papel y diversos plásticos de colores. La recomendación fue aceptada y se tienen pruebas parciales de cumplimiento, ya que se inició la construcción de la escuela, se instaló el alumbrado público y el agua potable.

Recomendación 7/2014 dirigida el 8 de mayo de 2014 a la Secretaría de Salud. Personal médico adscrito al servicio de Ginecosbtetricia del Hospital Civil “Doctor Aurelio Valdivieso” señaló la existencia de diversas irregularidades, como sobresaturación por el incremento de pacientes, inexistencia de regulación sanitaria, espacio limitados para atender a los pacientes, falta de personal médico, de camas, ropa de cama, instrumentos de trabajo, ventilación y mantenimiento en los lugares de trabajo. La recomendación fue aceptada pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 8/2014 dirigida al ayuntamiento de Reyes Etla, el 8 de mayo de 2014. Esta autoridad municipal suspendió los servicios de agua potable y drenaje a la parte agraviada. La recomendación fue aceptada, pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 9/2014 dirigida a la Secretaría de Salud el 8 de mayo de 2014. La ciudadana Mayra Pérez Cohetero compareció ante la Defensoría el 19 de noviembre de 2013 para manifestar que el 11 de noviembre de ese mismo año ingresó al Hospital Regional de Tuxtepec, durante su internamiento en esa clínica, una enfermera le hizo una trasfusión de sangre de un grupo sanguíneo distinto al suyo, esto tuvo como consecuencia que se complicara su estado de salud por una falla renal. La recomendación fue aceptada, pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 10/2014 dirigida el 11 de junio de 2014 a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado. El 7 de marzo de 2014, debido a un conflicto post electoral, el corredor municipal de Santa Catarina Mechoacán estaba tomado, cuando arribaron alrededor de 300 elementos de la Policía Estatal, a bordo de 15 patrullas, dos camiones torton y algunos vehículos particulares con personas vestidas de civil, quienes portaban armas de fuego. Este grupo de personas rodeó el palacio municipal y sin previo aviso empezó a golpear a las personas que ahí se encontraban y les rociaron gas lacrimógeno. La recomendación fue aceptada por las autoridades, pero no han proporcionado pruebas parciales de cumplimiento.

Recomendación 11/2014 dirigida el 11 de junio de 2014 al Instituto Estatal de Educación Pública, “Fallece menor en preescolar de Santa María Jicaltepec”, en la cual se informó que una menor de tres años de edad cayó en una cisterna ubicada en el Centro de Educación Preescolar “Cuauhtémoc”, ubicado en esa misma comunidad. La recomendación fue aceptada por las autoridades, pero no han proporcionado pruebas parciales de cumplimiento.

Recomendación 12/2014 dirigida el 24 de julio de 2014 al ayuntamiento de San Juan Cotzocón, Mixe, la Procuraduría General de Justicia del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y la Secretaría General de Gobierno. El 10 de Diciembre de 2013 una persona se quejó de que el 1 de ese mismo mes y año se llevó a cabo la jornada electoral en el municipio de Cotzocón, favoreciendo el triunfo a la planilla verde, por lo que el 5 de diciembre de ese año interpuso un recurso de inconformidad; a partir de esa fecha él y sus seguidores habían sufrido actos de molestia por parte del entonces presidente municipal y de su cabildo, por no votar por su candidato favorito, este proceso termino en una trifulca que dejo nueve personas muertas y varios heridos . La recomendación fue aceptada por las autoridades, que han proporcionado pruebas parciales de cumplimiento.

Recomendación 13/2014 dirigida el 25 de septiembre del 2014 a la Secretaría de Vialidad y Transporte en el Estado debido a que mediante acuerdos de fecha 20 de noviembre de 2010, los ciudadanos Abraham Gamaliel Reyes Cruz, Carina Reyes Cruz, Tania Libertad Reyes Cruz, Stephanie Santos González, Sandro Giovanni Manzano Vásquez y Betzabé Carina Esperón Flores obtuvieron del Ejecutivo del Estado concesiones para la prestación del servicio público de alquiler, en su modalidad de taxi, en la población de Reyes, Etla. En la misma fecha el Coordinador General de Transporte les expidió las órdenes para el trámite de alta de sus respectivos vehículos. La recomendación fue aceptada, pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 14/ 2014 dirigida el 3 de noviembre a la Secretaría de Salud del Estado. El 20 de mayo de 2014 se inició el procedimiento de investigación DDHPO/643/(01)/OAX/2014 con motivo de la queja presentada por el ciudadano Saúl Ulises Cortés Maldonado, quien refirió que como Secretario General del Sindicato Independiente de Trabajadores y Profesionales en Salud número 626, dependiente de los Servicios de Salud de Oaxaca, solicitó a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca emplazara a huelga a la Secretaría de Salud del Estado, para que se respetaran las condiciones generales de trabajo que se habían celebrado para el trienio 2010-2013; sin embargo, tal emplazamiento se declaró improcedente, ya que los Servicios de Salud de Oaxaca habían cumplido con la obligación impuesta por la Ley Federal del Trabajo, por lo que la misma se encontraba imposibilitada jurídicamente para celebrar otro contrato colectivo de trabajo con un sindicato diferente. La recomendación fue aceptada, pero la autoridad responsable no ha proporcionado pruebas de su cumplimiento.

Recomendación 15 /2015 dirigida el 26 de diciembre del 2015 al municipio de Loma Bonita, Tuxtepec, y a la Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado por violaciones a los derechos humanos al efectivo acceso a la justicia, a la seguridad jurídica y al trabajo. La parte agraviada reclamó violaciones a sus derechos humanos por la inejecución del laudo emitido en el expediente número 19/2011 del índice de la Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado de Oaxaca, mediante el cual se condenó al ayuntamiento de Loma Bonita al pago de prestaciones laborales indebidamente adeudadas. Después de acreditarse los hechos reclamados, el 15 de mayo de 2014 el organismo defensor emitió una propuesta de conciliación, a fin de que la autoridad municipal de Loma Bonita cumpliera con el laudo respectivo; sin embargo, la citada propuesta de conciliación no fue aceptada.

Matías Arrazola mencionó que es por tal motivo que no tiene caso seguir emitiendo recomendaciones hasta que las sanciones se cumplan equitativamente para cada una de las diferentes instituciones con estas irregularidades.

  
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