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Oaxaca, Oax.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) resolvió que la “Policía Vial” creada por el ex secretario de Seguridad Pública del Estado (SSP), Alberto Esteva Salinas, carece de sustento jurídico, por lo tanto, es ilegal.
El organismo ordenó a la dependencia a realizar las acciones necesarias para adecuar la nomenclatura de las patrullas que funcionan bajo el rótulo “Policía Vial” y someterse a lo que establece la Ley de Tránsito reformada y su reglamento. Esteva Salinas durante su función desplegó a un grupo de elementos de seguridad pública denominados Policía Vial que no tiene sustento jurídico y que aún realizan acciones que corresponden a Tránsito del Estado; es decir, retenían a automovilistas y los despojaban de sus vehículos amparados en el reglamento de Tránsito del Estado. Esto, implica que la dependencia encargada de garantizar la seguridad y ejecutar la ley incurre en abuso de autoridad y violaciones a los derechos humanos; sobre todo, de automovilistas que han sido víctimas de operativos de tránsito por elementos sin sustento legal. La DDHPO explicó en su resolución que el cambio de razón social en las patrullas de Tránsito del Estado a Policía Vial se realizó sin haberse realizado el trámite legal correspondiente. En este sentido, agrega el organismo, la SSP aceptó parcialmente este señalamiento con el argumento de que la nomenclatura era una estrategia de “proximidad social en vías de institucionalizarse”. “De dicha aseveración puede deprenderse válidamente que no existe fundamento legal alguno, para la rotulación de las patrullas de Tránsito del Estado como Policía Vial, y que tal determinación, se encuentra fuera del marco legal aplicable y en efecto, repercute en una falta de certeza jurídica hacia los gobernados, al no encontrarse legitimada en algún ordenamiento legal”, afirmó la Defensoría. Asimismo, agregó que la convivencia social exige que la ley se aplique a todos por igual, y que la justicia sea la vía para la solución de los conflictos. “Por lo que puede afirmarse válidamente que en Oaxaca, el Estado se somete al derecho que él mismo genera, y los poderes públicos sólo pueden actuar conforme a las atribuciones del orden jurídico y los establecimientos por él establecidos”. Es decir, señaló la DDHPO, los servidores públicos deben saber que no existen excepciones para la legalidad de sus actos, que la voluntad general representada por el mandato de ley, no se puede dejar de acatar ni por ignorancia, empecinamiento o mala fe. |
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