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Contrarreforma legislativa vs autonomía indígena
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El reportaje

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La opinión

Oaxaca, Oax.- Como si no bastara la parálisis e improductividad legislativa, los escándalos en la disputa por los recursos, las rupturas internas, la 62 Legislatura oaxaqueña acaba de dar un nuevo golpe a esa ilusión llamada “transición democrática” que nos vendieran en 2010. En el recuento del fracaso del cambio democrático en Oaxaca, el poder legislativo oaxaqueño y los partidos políticos ahí representados tienen grandes cuentas que rendir.

Mejor fecha no pudieron escoger, la semana del Día Internacional de los Pueblos Indígenas. Y es que, un avance sustancial en la reforma constitucional de julio, fue el reconocimiento que, en los municipios de sistemas normativos indígenas, la asamblea puede determinar la terminación anticipada del mandato. Era un reconocimiento a la libre determinación y autonomía y situaba nuevamente a Oaxaca a la vanguardia de la política del reconocimiento.

Entre los efectos colaterales de esa decisión, era que al retomar los municipios su autonomía, dejaban poco margen para la imposición de los administradores municipales, esa figura que se ha convertido en símbolo de autoritarismo, corrupción y opacidad, y que representa un pingüe negocio para diputados y partidos políticos. Demasiada democracia para tan autoritarios personajes. El negocio es el negocio y no lo podían dejar ir tan fácilmente.

Intentaron revertir los cambios en la legislación secundaria. En la nueva ley electoral no pudieron, sino al contrario, se refrendó la ruta de la autonomía. Tan entretenidos en los cambios cosméticos no repararon en ello.

Una vez que se enteraron de lo que aprobaron, particularmente diputados del PRI y PRD, buscaron a ultranza cómo retomar el control del negocio. Lo lograron el viernes 14 de agosto. Esos partidos, al que se uniera de última hora el PAN y los partidos minoritarios, aprobaron –con el voto en contra de un par de diputadas— una reforma a la Ley Orgánica Municipal (LOM). La contrarreforma es un retroceso de lustros atrás y devuelve el control a la Cámara de Diputados; de facto se convierte nuevamente en Colegio Electoral para calificar elecciones, figura que en el país se superó hace 20 años y en Oaxaca hace una década.

La nueva reforma –que consiste en la adición del Capítulo Sexto (con un solo artículo, el 65 BIS) al Título Tercero “Del Gobierno Municipal, a la LOM—, burocratiza el procedimiento y vulnera la autonomía municipal e indígena. La decisión de terminar el mandato ya no es de las comunidades –como establece la reforma constitucional—, sino que deben pedir permiso, primero al órgano electoral, por vía de un fantasmal Consejo Estatal de Sistemas Normativos Electorales (aunque este Consejo aparece en la Ley Electoral, no ha sido normada ni integrada y el tiempo legal para ello está agotado).

Pero, aún cuando el órgano electoral declare procedente la solicitud y se realice la asamblea respectiva, ésta necesariamente será calificada por la Cámara de Diputados que puede resolver en sentido contrario.

Experiencias de antaño hay y muy riesgosas. Una basta para ilustrar. En 2001 el órgano electoral calificó como válida la elección de Santiago Amoltepec, pero los intereses de diputados del PRI y del PRD en ese municipio, condujeron a que la Legislatura anulara esos comicios, provocando un conflicto que derivó en una decena de muertos y la ruptura del tejido social comunitario.

La ley electoral, aprobada el 9 de julio pasado, en su artículo 282 establecía que el procedimiento se haría ante las instituciones comunitarias. Sólo ante un escenario de conflictividad intervendría el órgano electoral y/o el tribunal estatal electoral. Eso fue derogado para que los diputados retomen el control.

En la contrarreforma legislativa condicionan a la terminación anticipada de todos los concejales, cuando la ley preveía que podría ser de alguno o algunos. El plan con maña es empujar a desaparecer ayuntamientos completos, cuando el conflicto puede ser sólo de una persona. La apuesta es incrementar el número de administradores.

La joya de la corona regresiva es ¡el nombramiento de los administradores municipales!, hasta que se realicen nuevas elecciones para lo cual, faltaba más, el Congreso local debe autorizar al órgano electoral que emita la convocatoria. Y ya es harto conocido que los diputados pueden no dar nunca tal autorización. Ahora mismo, una decena de municipios a los que se anuló desde 2013 sus comicios, no han realizado elecciones extraordinarias simplemente porque el Legislativo no emite la convocatoria.

Lo que está en juego no es lo que argumentan en su exposición de motivos: “confeccionar un mecanismo claro y equilibrado para que esta figura opere con certeza jurídica, interviniendo en el proceso el Órgano Público Local Electoral y la Legislatura, fortaleciendo la divisón (sic) de poderes”.

Lo que está en juego son los 600 millones de pesos que en sólo dos años ha manejado una veintena de administradores municipales (ver “El negocio de los administradores municipales http://www.cuartaplana.com/notaopi.php?n=1104). Es tan evidente, como la contrarreforma efectuada en diciembre de 2013 para quitar los candados que se habían puesto a los administradores por una reforma previa en octubre de ese año.

La contrarreforma perpetrada no sólo es antidemocrática y una traición a los pueblos indígenas; también es anticonstitucional, contraviene a lo establecido en el artículo 115 reformado apenas en julio. Aún más, la reforma constitucional deviene de un amplia consulta a los pueblos indígenas –como lo mandata la Constitución federal y los instrumentos internacionales—; la contrarreforma no fue consultada sino deviene de un arreglo cupular. El costo político habrá de saldarse en sólo algunos meses. Y la Corte puede ser el espacio en que se diga la última palabra jurídica de este asunto.

Twitter: @victorleonljuan
Correo: victorleoneljuan.m@gmail.com
FB: /victor.leonel.92

  
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